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Guías · Inquilinos·2 min de lectura

Te suben el alquiler: cuándo pueden hacerlo y cuánto

La actualización anual tiene reglas. Qué debe poner el contrato, con cuánta antelación te lo tienen que avisar y qué mirar antes de aceptar.

Llega un mensaje diciendo que el mes que viene pagas más. Antes de dar por hecho que no hay nada que hacer, conviene mirar tres cosas.

1. Qué dice tu contrato

La renta solo se actualiza si el contrato lo prevé expresamente y en los términos que fije. Si no dice nada sobre actualización, la renta se mantiene durante la vigencia pactada. Es el primer sitio donde mirar, y sorprende la frecuencia con la que nadie lo hace.

2. Cuándo toca

La actualización es anual, al cumplirse cada año de contrato — no cuando al propietario le viene bien. Y tiene que notificarse: una subida aplicada sin avisar y sin base en el contrato no se sostiene.

3. Cuánto

El límite depende del índice de referencia que marque la normativa vigente en ese momento, que en los últimos años ha ido cambiando. Antes de aceptar una cifra, comprueba qué índice se aplica al año en que estás y cómo se ha calculado.

Pide siempre el cálculo por escrito: índice usado, periodo tomado y renta resultante. Si el propietario no puede desglosarlo, esa subida probablemente no está bien hecha.

Y si no estás de acuerdo

Habla antes de dejar de pagar. Dejar de abonar la diferencia por tu cuenta te coloca en incumplimiento aunque tengas razón de fondo. Lo eficaz es pedir el desglose por escrito y, si no cuadra, plantearlo formalmente.

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